¿Cómo se constituye una Comunidad de propietarios?

Es habitual que en Gesfincas Coruña nos soliciten asesoramiento sobre el proceso de constitución de una Comunidad de propietarios. Es preciso aclarar que la comunidad existe desde el momento en que la finca pertenece pro indiviso a varias personas. Por tanto, lo que vamos a desarrollar en este artículo es el proceso relativo a los trámites necesarios para iniciar la “vida” de la Comunidad.

La necesidad de organizarse en Comunidad surge no solo en edificios de nueva construcción, sino también en fincas de cierta antigüedad que han convivido en el pasado sin haber formalizado la Comunidad. Nosotros consideramos que es recomendable la constitución de la Comunidad porque facilita la contratación con terceros (seguros, suministros, etc.) y, sobre todo, porque permite quedar sometidos a una legislación (Ley de Propiedad Horizontal) creada específicamente para abordar las casuísticas que pueden darse en edificios con varios propietarios.

El proceso de formalización es sencillo una vez que se ha realizado la inscripción de la Escritura de División Horizontal y podría sintetizarse en los siguientes pasos:

  • Celebración de la primera junta de propietarios “Junta Constituyente” en la que deben tomarse los siguientes acuerdos:
    • Nombramiento de los órganos de la Junta de Gobierno (Presidente, Administrador, etc.).
    • Autorización de firmas para la representación de la Comunidad.
    • Aprobación del presupuesto ordinario del ejercicio, la creación del fondo de reserva y las cuotas de participación de cada propietario.
    • Autorización para la apertura de cuenta corriente bancaria y las primeras contrataciones de servicios (suministros, limpieza, seguros, etc.).
    • Solicitud del número de identificación fiscal.
    • Legitimación del libro de actas.
  • Legalización del libro de actas en el Registro de la Propiedad, para lo cual será necesario presentar el acta de Constitución.
  • Obtención del NIF mediante la presentación del modelo 037 en la Agencia Tributaria.

Hay que tener en cuenta que en la Escritura de División Horizontal ya han quedado regulados los siguientes aspectos que afectan a la Comunidad:

  • Descripción del inmueble, con indicación de los elementos privativos, comunes y comunes de uso privativo.
  • Cuota de participación que corresponde a cada piso o local.

Previamente a la celebración de la Junta es importante haber obtenido la siguiente documentación:

  • Escritura de División Horizontal.
  • Estatutos (si existen).
  • Libro de edificio.
  • Contratos previamente suscritos: seguros, suministros, mantenimiento de ascensores, etc.
  • Seguro decenal del inmueble (en caso de obra nueva).
  • Relación de propietarios y datos de contacto.

En Gesfincas Coruña estaremos encantados de poder ampliar la información que necesites. No dudes en contactar con nosotros en info@gesfincascoruna.es o en el tel. 695017060.