En las últimas semanas en Gesfincas Coruña hemos recibido varias consultas relativas al derecho de los comuneros a recibir información económica periódica sobre la gestión de la Comunidad. Considerando que este asunto puede ser de interés para otros vecinos, resaltamos en este artículo los aspectos más relevantes a tener en consideración:
- El derecho de los comuneros a la información no está desarrollado de manera expresa en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), salvo en lo referente a los asuntos a tratar en las Juntas de Propietarios (Artículo 16 LPH).
- El Artículo 20 de la LPH estipula que corresponde al Administrador “custodiar a disposición de los titulares la documentación de la Comunidad”.
- Existen varias sentencias que, de manera resumida, manifiestan:
- La fiscalización de las cuentas de la Comunidad corresponde a la Junta de Propietarios y no a un comunero en particular.
- La Comunidad sólo tendría obligación de poner a disposición de los propietarios la documentación justificativa de las cuentas con un carácter previo prudencial a la celebración de la Junta Ordinaria. No existiría tal requerimiento para ejercicios cerrados.
- El derecho de los copropietarios a obtener la documentación con la finalidad señalada en el punto anterior debe de entenderse como la posibilidad de examinarla en el lugar en el que se encuentre a su disposición, salvo en circunstancias muy justificadas en las que pueda obtenerse copia.
- En cumplimiento de la normativa de protección de datos hay que tener en cuenta lo siguiente:
- La comunicación de datos deberá limitarse a los mínimos necesarios para cumplir con la finalidad que legitima el acceso a los mismos.
- No deben facilitarse datos personales como nóminas, domicilios, números de cuentas corrientes, consumos individuales, ingresos efectuados por los propietarios, honorarios de profesionales que presten servicios a la Comunidad, etc.
- En aquellos casos en los que resulte justificada la remisión de copias deberán adoptarse las medidas de seguridad necesarias.
Considerando lo anterior, en Gesfincas Coruña creemos que la mejor solución para atender las solicitudes de información económica de los vecinos es que el Administrador confeccione un seguimiento presupuestario con la periodicidad que se determine (trimestral, semestral), que consistirá fundamentalmente en un análisis de las desviaciones que pueda haber entre el presupuesto aprobado del ejercicio y los ingresos y gastos incurridos en el periodo intermedio. Esta información, siempre que no contenga datos personales, no vulnerará la normativa de protección de datos.
Si necesitas más información no dudes en contactar con Gesfincas Coruña en info@gesfincascoruna.es o en el teléfono 695 01 70 60.